Reglamento de Radiocomunicaciones

Fuente: el Reglamento de Radiocomunicaciones publicado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

Punto del orden del día CMR

Puntos del orden del día de las CMR por ciclo de conferencia — las propuestas del Informe de la RPC para las conferencias concluidas (CMR-23) y el orden del día del ciclo actual (CMR-27).

Ciclo de conferencia

WRC-27 · Actual Res. 813

28 puntos del orden del día

Bandas en disputa

13 grupos de bandas tratados por varios puntos — ver la tabla cruzada

AI 1.1

considerar las condiciones técnicas y operativas para la utilización de las bandas de frecuencias 47,2-50,2 GHz y 50,4-51,4 GHz (Tierra-espacio), o partes de las mismas, por estaciones terrenas en movimiento aeronáuticas y marítimas que se comunican con estaciones espaciales del servicio fijo por satélite y elaborar medidas reglamentarias, según proceda, para facilitar la utilización de las bandas de frecuencias 47,2-50,2 GHz y 50,4-51,4 GHz (Tierra-espacio), o partes de las mismas, por estaciones terrenas en movimiento aeronáuticas y marítimas que se comunican con estaciones espaciales geoestacionarias y estaciones espaciales no geoestacionarias del servicio fijo por satélite, de conformidad con la Resolución 176 (Rev.CMR-23)

WP 4A
AI 1.2

considerar la posible revisión de las condiciones de compartición en la banda de frecuencias 13,75-14 GHz para permitir la utilización de estaciones terrenas de enlace ascendente del servicio fijo por satélite con antenas de menor tamaño, de conformidad con la Resolución 129 (CMR-23)

WP 4A
AI 1.3

considerar estudios sobre la utilización de la banda de frecuencias 51,4-52,4 GHz para permitir su utilización por las estaciones terrenas de pasarela que transmitan a sistemas en la órbita de los satélites no geoestacionarios del servicio fijo por satélite (Tierra-espacio), de conformidad con la Resolución 130 (CMR-23)

WP 4A
AI 1.4

considerar una posible nueva atribución a título primario al servicio fijo por satélite (espacio-Tierra) en la banda de frecuencias 17,3-17,7 GHz y una posible nueva atribución a título primario al servicio de radiodifusión por satélite (espacio-Tierra) en la banda de frecuencias 17,3-17,8 GHz en la Región 3, garantizando a su vez la protección de las atribuciones existentes a título primario en la misma banda de frecuencias y en las bandas de frecuencias adyacentes, y considerar los límites de densidad de flujo de potencia equivalente que habrán de aplicarse en las Regiones 1 y 3 a los sistemas de satélites no geoestacionarios del servicio fijo por satélite (espacio-Tierra) en la banda de frecuencias 17,3-17,7 GHz, de conformidad con la Resolución 726 (CMR-23)

WP 4A
AI 1.5

considerar medidas reglamentarias y su aplicabilidad para limitar el funcionamiento no autorizado de estaciones terrenas en órbitas de satélites no geoestacionarios del servicio fijo por satélite y el servicio móvil por satélite y temas conexos relacionados con la zona de servicio de sistemas de satélites en órbitas de satélites no geoestacionarios del servicio fijo por satélite y el servicio móvil por satélite, de conformidad con la Resolución 14 (CMR-23)

WP 4A
AI 1.6

considerar las medidas técnicas y reglamentarias aplicables a las redes/sistemas de satélites del servicio fijo por satélite en las bandas de frecuencias 37,5-42,5 GHz (espacio-Tierra), 42,5-43,5 GHz (Tierra-espacio), 47,2-50,2 GHz (Tierra-espacio) y 50,4-51,4 GHz (Tierra-espacio) para lograr el acceso equitativo a estas bandas de frecuencias, de conformidad con la Resolución 131 (CMR-23)

WP 4A
AI 1.7

considerar estudios de compartición y compatibilidad y determinar las condiciones técnicas necesarias para la utilización de las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT) en las bandas de frecuencias 4 400-4 800 MHz, 7 125-8 400 MHz (o partes de la misma) y 14,8-15,35 GHz, teniendo en cuenta los servicios primarios existentes en dichas bandas de frecuencias, así como en bandas adyacentes, de conformidad con la Resolución 256 (CMR-23)

WP 5D
AI 1.8

considerar posibles atribuciones adicionales de espectro al servicio de radiolocalización a título primario en la banda de frecuencias 231,5-275 GHz y posibles nuevas identificaciones para aplicaciones del servicio de radiolocalización en bandas de frecuencias dentro de la gama de frecuencias 275-700 GHz para sistemas de imágenes en ondas milimétricas y submilimétricas, de conformidad con la Resolución 663 (Rev.CMR-23)

WP 5B
AI 1.9

considerar las acciones reglamentarias pertinentes para actualizar el Apéndice 26 del Reglamento de Radiocomunicaciones en pro de la modernización del servicio móvil aeronáutico (OR) en ondas decamétricas, de conformidad con la Resolución 411 (CMR 23)

WP 5B
AI 1.10

considerar la determinación de límites de la densidad de flujo de potencia y de la potencia isótropa radiada equivalente (p.i.r.e.) con miras a su inclusión en el Artículo 21 del Reglamento de Radiocomunicaciones para los servicios fijo por satélite, móvil por satélite y de radiodifusión por satélite, a fin de proteger los servicios fijo y móvil en las bandas de frecuencias 71-76 GHz y 81-86 GHz, de conformidad con la Resolución 775 (Rev.CMR-23)

WP 5C
AI 1.11

considerar las cuestiones técnicas y operativas, así como las disposiciones reglamentarias, para los enlaces espacio-espacio entre satélites no geoestacionarios y geoestacionarios en las bandas de frecuencias 1 518-1 544 MHz, 1 545-1 559 MHz, 1 610-1 645,5 MHz, 1 646,5-1 660,0 MHz, 1 670,0-1 675,0 MHz y 2 483,5-2 500,0 MHz atribuidas al servicio móvil por satélite, de conformidad con la Resolución 249 (Rev.CMR-23)

WP 4C
AI 1.12

considerar, basándose en los resultados de los estudios, posibles atribuciones al servicio móvil por satélite y posibles medidas reglamentarias en las bandas de frecuencias 1 427-1 432 MHz (espacio-Tierra), 1 645,5-1 646,5 MHz (espacio-Tierra) y (Tierra-espacio), 1 880-1 920 MHz (espacio-Tierra) y (Tierra-espacio) y 2 010-2 025 MHz (espacio-Tierra) y (Tierra-espacio) necesarias para el futuro desarrollo de sistemas no geoestacionarios del servicio móvil por satélite de baja velocidad de datos, de conformidad con la Resolución 252 (CMR-23)

WP 4C
AI 1.13

considerar estudios sobre posibles nuevas atribuciones al servicio móvil por satélite para la conectividad directa entre estaciones espaciales y equipos de usuario de las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT) a fin de complementar la cobertura de la red IMT terrenal, de conformidad con la Resolución 253 (CMR-23)

WP 4C
AI 1.14

considerar la posibilidad de otorgar atribuciones adicionales al servicio móvil por satélite, de conformidad con la Resolución 254 (CMR-23)

WP 4C
AI 1.15

considerar estudios sobre asuntos relacionados con las frecuencias, incluida la posibilidad de otorgar nuevas atribuciones al servicio de investigación espacial (espacio-espacio), o de modificar las existentes, para el futuro desarrollo de las comunicaciones en la superficie lunar y entre la órbita lunar y la superficie lunar, de conformidad con la Resolución 680 (CMR-23)

WP 7B
AI 1.16

considerar estudios sobre las disposiciones técnicas y reglamentarias necesarias para proteger la radioastronomía en zonas de silencio radioeléctrico específicas y en las bandas de frecuencias atribuidas a título primario al servicio de radioastronomía a nivel mundial contra la interferencia radioeléctrica combinada causada por sistemas en órbita de satélites no geoestacionarios, de conformidad con la Resolución 681 (CMR-23)

WP 7D
AI 1.17

considerar las disposiciones reglamentarias para los sensores de meteorología espacial de sólo recepción y su protección en el Reglamento de Radiocomunicaciones, teniendo en cuenta los resultados de los estudios del Sector de Radiocomunicaciones de la UIT de conformidad con la Resolución 682 (CMR-23)

WP 7C
AI 1.18

considerar, basándose en los resultados de los estudios del Sector de Radiocomunicaciones de la UIT, posibles medidas reglamentarias relativas a la protección del servicio de exploración de la Tierra por satélite (pasivo) y del servicio de radioastronomía en determinadas bandas de frecuencias por encima de 76 GHz contra las emisiones no deseadas de los servicios activos, de conformidad con la Resolución 712 (CMR-23)

WP 7C WP 7D
AI 1.19

considerar la posibilidad de otorgar atribuciones a título primario en todas las Regiones al servicio de exploración de la Tierra por satélite (pasivo) en las bandas de frecuencias 4 200-4 400 MHz y 8 400-8 500 MHz, de conformidad con la Resolución 674 (CMR-23)

WP 7C
AI 2

examinar las Recomendaciones del Sector de Radiocomunicaciones de la UIT revisadas e incorporadas por referencia en el Reglamento de Radiocomunicaciones, comunicadas por la Asamblea de Radiocomunicaciones de acuerdo con el resuelve además de la Resolución 27 (Rev.CMR-19), y decidir si se actualizan o no las referencias correspondientes en el Reglamento de Radiocomunicaciones, con arreglo a los principios contenidos en el resuelve de dicha Resolución

AI 4

considerar, de conformidad con la Resolución 95 (Rev.CMR-19), las Resoluciones y Recomendaciones de las Conferencias anteriores para su posible revisión, sustitución o supresión

AI 7

considerar, para responder a lo dispuesto en la Resolución 86 (Rev. Marrakech, 2002) de la Conferencia de Plenipotenciarios, la posibilidad de modificar los procedimientos de publicación anticipada, de coordinación, de notificación y de inscripción de asignaciones de frecuencias de redes de satélites, de conformidad con la Resolución 86 (Rev.CMR-07), para facilitar el uso racional, eficiente y económico de las radiofrecuencias y las órbitas asociadas, incluida la órbita de los satélites geoestacionarios

WP 4A
AI 8

examinar las propuestas recibidas de las administraciones para suprimir sus notas de sus países o suprimir el nombre de sus países de las notas, cuando ya no sea necesario, tomando en cuenta la Resolución 26 (Rev.CMR-23), y tomar las medidas pertinentes

AI 9

examinar y aprobar el Informe del Director de la Oficina de Radiocomunicaciones, de conformidad con el Artículo 7 del Convenio de la UIT:

AI 9.1

sobre las actividades del Sector de Radiocomunicaciones desde la CMR-23

AI 9.2

sobre las dificultades o incoherencias observadas en la aplicación del Reglamento de Radiocomunicaciones; y

AI 9.3

sobre las medidas adoptadas en respuesta a la Resolución 80 (Rev.CMR-07)

AI 10

recomendar al Consejo los puntos que han de incluirse en el orden del día de la próxima CMR, así como los puntos del orden del día preliminar de futuras Conferencias, teniendo en cuenta el Artículo 7 del Convenio de la UIT y la Resolución 804 (Rev.CMR-23)

Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.