Reglamento de Radiocomunicaciones
Fuente: el Reglamento de Radiocomunicaciones publicado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
Todas las Recomendaciones IBRTal como se incorporó en el RR-2020
Este no es el texto en vigor. Es la versión de esta Recomendación a la que el RR-2020 otorgaba fuerza de tratado, conservada para que el conjunto incorporado pueda leerse tal como estaba en cada conferencia.
Ver la edición en vigor (RR-2024)Recommendation ITU-R S.1586-1
Obligatoria (2002-2007)Cálculo de los niveles de emisión no deseada producidos por un sistema del servicio fijo por satélite no geoestacionario en localizaciones de radioastronomía
Historial de versiones
Evolución de versionesEl número de cada celda (p. ej. −9) es el número de revisión de la Recomendación — el «-9» de UIT-R M.585-9, no un valor negativo. Así, −8 → −9 significa que la referencia vinculante pasó de la 8.ª a la 9.ª revisión.
Incorporada en el RR por
Disposiciones, notas y Resoluciones del RR que incorporan esta Recomendación
Nota
Las bandas y los servicios se obtienen de las notas del Reglamento de Radiocomunicaciones en vigor, por lo que solo se muestran en la edición en vigor.
Cometido
Esta Recomendación muestra un método que puede utilizarse para calcular los niveles de emisión no deseada producidos por un sistema del servicio fijo por satélite (SFS) no geoestacionario (no OSG) en localizaciones de radioastronomía. También se explica el procedimiento de cálculo del porcentaje de tiempo durante el cual se sobrepasa un determinado nivel de densidad de flujo de potencia equivalente (dfpe) definido suponiendo una ganancia de antena de recepción de 0 dBi en la dirección de la interferencia y un determinado tiempo de integración.
Recomienda
- que las administraciones calculen los niveles de emisiones no deseadas producidas por un sistema de satélites del servicio fijo por satélite (SFS) no OSG en las estaciones de radioastronomía, utilizando el método descrito en el Anexo 1;
- que, al efectuar estos cálculos, se utilice el diagrama de antena descrito en la Recomendación UIT-R RA.1631 como modelo de las antenas de radioastronomía;
- que el porcentaje de tiempo durante el cual se sobrepasa un determinado nivel de densidad de flujo de potencia equivalente (dfpe) (definido suponiendo una ganancia de antena de recepción de 0 dBi en la dirección de la interferencia y un determinado tiempo de integración) se calcule según el método descrito en el Anexo 2.
Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.