Reglamento de Radiocomunicaciones

Fuente: el Reglamento de Radiocomunicaciones publicado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

ART

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Llamada selectiva

RR-2024 · en vigor CHAPTER IX — Servicios marítimos

§ 1 1) La llamada selectiva está prevista para la llamada automática a estaciones, así como para la transmisión de avisos de socorro o de información para la organización del tráfico.

2) La llamada selectiva se efectúa utilizando un sistema de llamada selectiva digital que esté en conformidad con la Recomendación UIT-R M.541-11, y que puede estar en conformidad con la versión más reciente de la Recomendación UIT-R M.493. (CMR-23)

Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.