Reglamento de Radiocomunicaciones

Fuente: el Reglamento de Radiocomunicaciones publicado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

ART

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Nomenclatura

RR-2024 · en vigor CHAPTER I — Terminología y características técnicas

Sección I – Bandas de frecuencias y longitudes de onda

El espectro radioeléctrico se subdivide en nueve bandas de frecuencias, que se designan por números enteros, en orden creciente, de acuerdo con el siguiente cuadro. Dado que la unidad de frecuencia es el hertzio (Hz), las frecuencias se expresan:

– en kilohertzios (kHz) hasta 3 000 kHz, inclusive;

– en megahertzios (MHz) por encima de 3 MHz hasta 3 000 MHz, inclusive;

– en gigahertzios (GHz) por encima de 3 GHz hasta 3 000 GHz, inclusive.

Sin embargo, siempre que la aplicación de esta disposición plantee graves dificultades, por ejemplo, en la notificación e inscripción de frecuencias, en las listas de frecuencias y en cuestiones conexas, se podrán efectuar cambios razonables. (CMR-15)

Número de la banda Símbolos (en inglés) Gama de frecuencias (excluido el límite inferior, pero incluido el superior) Subdivisión métrica correspondiente
4 VLF 3 a 30 kHz Ondas miriamétricas
5 LF 30 a 300 kHz Ondas kilométricas
6 MF 300 a 3 000 kHz Ondas hectométricas
7 HF 3 a 30 MHz Ondas decamétricas
8 VHF 30 a 300 MHz Ondas métricas
9 UHF 300 a 3 000 MHz Ondas decimétricas
10 SHF 3 a 30 GHz Ondas centimétricas
11 EHF 30 a 300 GHz Ondas milimétricas
12 300 a 3 000 GHz Ondas decimilimétricas
NOTA 1: La «banda N» (N = número de la banda) se extiende de 0,3 × 10N Hz a 3 × 10N Hz. NOTA 2: Prefijos: k = kilo (103), M = mega (106), G = giga (109). NOTA 1: La «banda N» (N = número de la banda) se extiende de 0,3 × 10N Hz a 3 × 10N Hz. NOTA 2: Prefijos: k = kilo (103), M = mega (106), G = giga (109). NOTA 1: La «banda N» (N = número de la banda) se extiende de 0,3 × 10N Hz a 3 × 10N Hz. NOTA 2: Prefijos: k = kilo (103), M = mega (106), G = giga (109). NOTA 1: La «banda N» (N = número de la banda) se extiende de 0,3 × 10N Hz a 3 × 10N Hz. NOTA 2: Prefijos: k = kilo (103), M = mega (106), G = giga (109). NOTA 1: La «banda N» (N = número de la banda) se extiende de 0,3 × 10N Hz a 3 × 10N Hz. NOTA 2: Prefijos: k = kilo (103), M = mega (106), G = giga (109).

En las relaciones entre las administraciones y la UIT no deberán utilizarse otras denominaciones, símbolos ni abreviaturas calificativas de las bandas de frecuencias distintas de las especificadas en el número 2.1.

Sección II – Fechas y horas

Toda fecha que se utilice en relación con las radiocomunicaciones deberá emplearse de conformidad con el Calendario Gregoriano.

Si en una fecha el mes no está indicado de forma completa ni abreviada, se expresará de forma totalmente numérica según una secuencia fija de cifras, en la que cada grupo de dos cifras representará el día, el mes y el año.

Siempre que se emplee una fecha junto con el Tiempo Universal Coordinado (UTC), dicha fecha deberá ser la correspondiente a la del meridiano origen, correspondiendo el meridiano origen a la longitud geográfica de cero grados. (CMR-15)

Salvo indicación contraria, siempre que se emplee una hora especificada en actividades internacionales de radiocomunicación, se aplicará el UTC, y se representará en un grupo de cuatro cifras (0000-2359). Deberá utilizarse en todos los idiomas, la abreviatura UTC.

Sección III – Denominación de las emisiones

Las emisiones se denominarán conforme a su anchura de banda necesaria y su clase de acuerdo con el método descrito en el Apéndice 1.

Notas

Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.