Reglamento de Radiocomunicaciones
Fuente: el Reglamento de Radiocomunicaciones publicado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
Todas las Recomendaciones IBRRecommendation ITU-R M.2013-0
Obligatoria (2012)Características técnicas y criterios de protección para sistemas de radionavegación aeronáutica no pertenecientes a la OACI que funcionan en torno a 1 GHz;
Historial de versiones
Evolución de versionesEl número de cada celda (p. ej. −9) es el número de revisión de la Recomendación — el «-9» de UIT-R M.585-9, no un valor negativo. Así, −8 → −9 significa que la referencia vinculante pasó de la 8.ª a la 9.ª revisión.
Incorporada en el RR por
Disposiciones, notas y Resoluciones del RR que incorporan esta Recomendación
Nota
Resolución
Dónde se aplica
Bandas de frecuencia y servicios de radio a los que alcanza esta Recomendación, deducidos de las notas del RR que la incorporan.
Servicios de radio
Bandas de frecuencia
Cometido
el sistema de navegación táctica aérea (TACAN) es un sistema de radionavegación aeronáutica utilizado a escala nacional en la banda de frecuencias 960-1 215 MHz;
Recomienda
- que para los estudios de compatibilidad se utilicen las características y los criterios de protección recogidos en los anexos.
Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.