Reglamento de Radiocomunicaciones
Fuente: el Reglamento de Radiocomunicaciones publicado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
Todas las Recomendaciones IBRRecommendation ITU-R M.1583-1
Obligatoria (2002-2007)Cálculo de la interferencia entre los sistemas no geoestacionarios del servicio móvil por satélite o del servicio de radionavegación por satélite y los emplazamientos de los telescopios de radioastronomía
Historial de versiones
Evolución de versionesEl número de cada celda (p. ej. −9) es el número de revisión de la Recomendación — el «-9» de UIT-R M.585-9, no un valor negativo. Así, −8 → −9 significa que la referencia vinculante pasó de la 8.ª a la 9.ª revisión.
Incorporada en el RR por
Disposiciones, notas y Resoluciones del RR que incorporan esta Recomendación
Dónde se aplica
Bandas de frecuencia y servicios de radio a los que alcanza esta Recomendación, deducidos de las notas del RR que la incorporan.
Servicios de radio
Bandas de frecuencia
Cometido
En la presente Recomendación se describe el método que ha de utilizarse para calcular la cantidad de datos perdidos a causa de la interferencia producida en un emplazamiento de radioastronomía por un sistema de satélites no geoestacionarios del servicio móvil por satélite o un sistema del servicio de radionavegación por satélite.
Recomienda
- que el cálculo de los niveles de emisiones no deseadas producidos por los sistemas de satélite no OSG del servicio de radionavegación por satélite (SRNS) o del servicio móvil por satélite (SMS) en los emplazamientos de radioastronomía se base en el método descrito en el Anexo 1;
- que, en estos cálculos, se utilice el diagrama de antena descrito en la Recomendación UIT-R RA.1631 para representar el modelo de las antenas de radioastronomía;
- que se utilice el método descrito en el Anexo 2 para calcular el porcentaje de tiempo durante el cual se rebasa el umbral de la densidad de flujo de potencia equivalente (dfpe).
Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.