Reglamento de Radiocomunicaciones

Fuente: el Reglamento de Radiocomunicaciones publicado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

Todas las Recomendaciones IBR

Tal como se incorporó en el RR-2016

Este no es el texto en vigor. Es la versión de esta Recomendación a la que el RR-2016 otorgaba fuerza de tratado, conservada para que el conjunto incorporado pueda leerse tal como estaba en cada conferencia.

Ver la edición en vigor (RR-2024)
RS

Recommendation ITU-R RS.2066-0

Obligatoria (2014)

Protección del servicio de radioastronomía en la banda de frecuencias 10,6-10,7 GHz contra emisiones no deseadas de radares de apertura sintética que funcionan en el servicio de exploración de la Tierra por satélite (activo) alrededor de 9 600 MHz

Historial de versiones

Evolución de versiones

El número de cada celda (p. ej. −9) es el número de revisión de la Recomendación — el «-9» de UIT-R M.585-9, no un valor negativo. Así, −8 → −9 significa que la referencia vinculante pasó de la 8.ª a la 9.ª revisión.

RR-2008
RR-2012
RR-2016 -0
RR-2020 -0
RR-2024 -0

Incorporada en el RR por

Disposiciones, notas y Resoluciones del RR que incorporan esta Recomendación

Nota

Las bandas y los servicios se obtienen de las notas del Reglamento de Radiocomunicaciones en vigor, por lo que solo se muestran en la edición en vigor.

Cometido

La presente Recomendación proporciona un procedimiento operativo para evitar el acoplamiento de haz principal a haz principal entre los sistemas SAR-4 del SETS (activo) cuando transmiten cerca de 9 600 MHz y las estaciones del SRA que llevan a cabo observaciones en la banda 10,6-10,7 GHz para no causar daños al sensible amplificador de bajo nivel de ruido del SRA.

Palabras clave

Mitigación SETS (activo) SRA

Recomienda

  1. que, con el fin de garantizar la compatibilidad de las estaciones SAR del SETS y las del SRA, los sistemas SAR del SETS que funcionan alrededor de 9 600 MHz eviten, en la mayor medida posible, iluminar una zona en torno a las estaciones de radioastronomía. El tamaño de esa zona se define en el Anexo 1. El Anexo 2 facilita una lista de las estaciones del SRA que pueden funcionar en la banda de frecuencias 10,6-10,7 GHz y efectuar observaciones durante los periodos de iluminación;
  2. que, en el caso en que no se cumplan las condiciones a las que se refiere el recomienda 1, el operador del sistema SAR del SETS debe ponerse en contacto con el operador de la estación de radioastronomía interesada por lo menos siete días naturales antes de un suceso para las operaciones rutinarias y por lo menos 24 horas antes para la toma de imágenes SAR del SETS únicamente en casos de emergencia tales como la gestión de catástrofes con el fin de coordinar y, si es preciso, llegar a un acuerdo sobre mitigación u otras medidas preventivas.

Recomendaciones / Informes UIT-R relacionados

Recomendaciones

  • ITU-R RS.2043 — Characteristics of synthetic aperture radars operating in the Earth exploration-satellite service (active) around 9 600 MHz

Informes

  • ITU-R RA.2188 — Power flux-density and e.i.r.p. levels potentially damaging to radio astronomy receivers
  • ITU-R RS.2274 — Spectrum requirements for spaceborne synthetic aperture radar applications planned in an extended allocation to the Earth exploration-satellite service around 9 600 MHz
  • ITU-R RS.2308 — Radio frequency compatibility of unwanted emissions from 9 GHz EESS synthetic aperture radars with the Earth exploration-satellite service (passive), space research service (passive), space research service and radio astronomy service operating in the frequency bands 8 400-8 500 MHz and 10.6-10.7 GHz, respectively

Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.