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Italia / Cuadro del RR de la UIT: 13 360-18 030 kHz

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13.36 – 18.03 MHz

Atribución por defecto (Región 1)

Gráfico de atribución de frecuencias

13.36 MHz 13.8 14.25 14.99 15.6 16.1 17.41 18.03

FIXED

primary

RADIO ASTRONOMY

primary

BROADCASTING

primary

AMATEUR

primary

AMATEUR-SATELLITE

primary

STANDARD FREQUENCY AND TIME SIGNAL (15 000 kHz)

primary

STANDARD FREQUENCY AND TIME SIGNAL

primary

AERONAUTICAL MOBILE (OR)

primary

MARITIME MOBILE

primary

AERONAUTICAL MOBILE (R)

primary

Mobile except aeronautical mobile (R)

secondary

Radiolocation

secondary

Space research

secondary

FIXED
RADIO ASTRONOMY
BROADCASTING
AMATEUR
AMATEUR-SATELLITE
STANDARD FREQUENCY AND TIME SIGNAL (15 000 kHz)
STANDARD FREQUENCY AND TIME SIGNAL
AERONAUTICAL MOBILE (OR)
MARITIME MOBILE
AERONAUTICAL MOBILE (R)
Mobile except aeronautical mobile (R)
Radiolocation
Space research
Frequency Servicios
13.36 – 13.41 MHz Fijo Radioastronomía
13.41 – 13.45 MHz Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R)
13.45 – 13.55 MHz Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R) Radiolocalización
13.55 – 13.57 MHz Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R)
13.57 – 13.6 MHz Radiodifusión
13.6 – 13.8 MHz Radiodifusión
13.8 – 13.87 MHz Radiodifusión
13.87 – 14.0 MHz Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R)
14.0 – 14.25 MHz Aficionados Aficionados por satélite
14.25 – 14.35 MHz Aficionados
14.35 – 14.99 MHz Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R)
14.99 – 15.005 MHz Frecuencias patrón y señales horarias (15 000 kHz)
15.005 – 15.01 MHz Frecuencias patrón y señales horarias Investigación espacial
15.01 – 15.1 MHz Móvil aeronáutico (OR)
15.1 – 15.6 MHz Radiodifusión
15.6 – 15.8 MHz Radiodifusión
15.8 – 16.1 MHz Fijo
16.1 – 16.2 MHz Fijo Radiolocalización
16.2 – 16.36 MHz Fijo
16.36 – 17.41 MHz Móvil marítimo
17.41 – 17.48 MHz Fijo
17.48 – 17.55 MHz Radiodifusión
17.55 – 17.9 MHz Radiodifusión
17.9 – 17.97 MHz Móvil aeronáutico (R)
17.97 – 18.03 MHz Móvil aeronáutico (OR)

Notas pertinentes (13)

5.109 Otro
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Las frecuencias de 2 187,5 kHz, 4 207,5 kHz, 6 312 kHz, 8 414,5 kHz, 12 577 kHz y 16 804,5 kHz son frecuencias internacionales de socorro para la llamada selectiva digital. Las condiciones de utilización de estas frecuencias están descritas en el Artículo 31.

5.110 Condición
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Las frecuencias de 2 174,5 kHz, 4 177,5 kHz, 6 268 kHz, 8 376,5 kHz, 12 520 kHz y 16 695 kHz se utilizan para el sistema de conexión automática (SCA), como se describe en la versión más reciente de la Recomendación UIT-R M.541. (CMR-23)

5.111 Condición
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Las frecuencias portadoras de 2 182 kHz, 3 023 kHz, 5 680 kHz y 8 364 kHz, y las frecuencias de 121,5 MHz, 156,525 MHz, 156,8 MHz y 243 MHz pueden además utilizarse de conformidad con los procedimientos en vigor para los servicios de radiocomunicación terrenales, en operaciones de búsqueda y salvamento de vehículos espaciales tripulados. Las condiciones de utilización de estas frecuencias se fijan en el Artículo 31. También pueden utilizarse las frecuencias de 10 003 kHz, 14 993 kHz y 19 993 kHz, aunque en este caso las emisiones deben estar limitadas a una banda de ± 3 kHz en torno a dichas frecuencias. (CMR-07)

5.132 Condición
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Las frecuencias 4 210 kHz, 6 314 kHz, 8 416,5 kHz, 12 579 kHz, 16 806,5 kHz, 19 680,5 kHz, 22 376 kHz y 26 100,5 kHz son las frecuencias internacionales de transmisión de información relativa a la seguridad marítima (MSI) (véanse los Apéndices 15 y 17). (CMR-23)

5.132A Condición
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Las estaciones del servicio de radiolocalización no causarán interferencia perjudicial a las estaciones de los servicios fijo o móvil, ni reclamarán protección contra las mismas. Las aplicaciones del servicio de radiolocalización se limitan a los radares oceanográficos que funcionan con arreglo a lo dispuesto en la Resolución 612 (Rev.CMR-12). (CMR-12)

5.134 Condición
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La utilización de las bandas de frecuencias 5 900-5 950 kHz, 7 300-7 350 kHz, 9 400-9 500 kHz, 11 600-11 650 kHz, 12 050-12 100 kHz, 13 570-13 600 kHz, 13 800-13 870 kHz, 15 600-15 800 kHz, 17 480-17 550 kHz y 18 900-19 020 kHz por el servicio de radiodifusión estará sujeta a la aplicación del procedimiento del Artículo 12. Se alienta a las administraciones a que utilicen estas bandas de frecuencias a fin de facilitar la introducción de las emisiones con modulación digital, según lo dispuesto en la Resolución 517 (Rev.CMR-19). (CMR-19)

5.137A Condición
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Las frecuencias 6 337,5 kHz, 8 443 kHz, 12 663,5 kHz, 16 909,5 kHz y 22 450,5 kHz son las frecuencias regionales para la transmisión de información relativa a la seguridad (MSI) por el sistema NAVDAT (véanse los Apéndices 15 y 17). (CMR-23)

5.145 Condición
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Las condiciones de utilización de las frecuencias portadoras 8 291 kHz, 12 290 kHz y 16 420 kHz están descritas en los Artículos 31 y 52. (CMR-07)

5.145A Condición
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Las estaciones dentro del servicio de radiolocalización no deberán causar interferencia perjudicial a las estaciones que funcionan dentro del servicio fijo ni reclamarán protección contra las mismas. Las aplicaciones del servicio de radiolocalización se limitan a los radares oceanográficos que funcionan con arreglo a lo dispuesto en la Resolución 612 (Rev.CMR-12). (CMR-12)

5.146 Atribución adicional
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Atribución adicional: las estaciones del servicio fijo podrán utilizar las frecuencias de las bandas 9 400-9 500 kHz, 11 600-11 650 kHz, 12 050-12 100 kHz, 15 600-15 800 kHz, 17 480-17 550 kHz y 18 900-19 020 kHz sólo para la comunicación dentro del país en que están situadas, a condición de que no se cause interferencia perjudicial al servicio de radiodifusión. Cuando utilicen frecuencias para el servicio fijo, se insta a las administraciones a emplear la mínima potencia necesaria y a tener en cuenta la utilización estacional de frecuencias por el servicio de radiodifusión publicada de conformidad con el Reglamento de Radiocomunicaciones. (CMR-07)

5.149 Condición Región 1, 3
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Se insta a las administraciones a que, al hacer asignaciones a estaciones de otros servicios a los que están atribuidas las bandas: 13 360-13 410 kHz, 25 550-25 670 kHz, 37,5-38,25 MHz, 73-74,6 MHz en las Regiones 1 y 3, 150,05-153 MHz en la Región 1, 322-328,6 MHz, 406,1-410 MHz, 608-614 MHz en las Regiones 1 y 3, 1 330-1 400 MHz, 1 610,6-1 613,8 MHz, 1 660-1 670 MHz, 1 718,8-1 722,2 MHz, 2 655-2 690 MHz, 3 260-3 267 MHz, 3 332-3 339 MHz, 3 345,8-3 352,5 MHz, 4 825-4 835 MHz, 4 950-4 990 MHz, 4 990-5 000 MHz, 6 650-6 675,2 MHz, 10,6-10,68 GHz, 14,47-14,5 GHz, 22,01-22,21 GHz, 22,21-22,5 GHz, 22,81-22,86 GHz, 23,07-23,12 GHz, 31,2-31,3 GHz, 31,5-31,8 GHz en las Regiones 1 y 3, 36,43-36,5 GHz, 42,5-43,5 GHz, 48,94-49,04 GHz, 76-86 GHz, 92-94 GHz, 94,1-100 GHz, 102-109,5 GHz, 111,8-114,25 GHz, 128,33-128,59 GHz, 129,23-129,49 GHz, 130-134 GHz, 136-148,5 GHz, 151,5-158,5 GHz, 168,59-168,93 GHz, 171,11-171,45 GHz, 172,31-172,65 GHz, 173,52-173,85 GHz, 195,75-196,15 GHz, 209-226 GHz, 241-250 GHz, 252-275 GHz tomen todas las medidas posibles para proteger el servicio de radioastronomía contra la interferencia perjudicial. Las emisiones desde estaciones a bordo de vehículos espaciales o aeronaves pueden constituir fuentes de interferencia particularmente graves para el servicio de radioastronomía (véanse los números 4.5 y 4.6 y el Artículo 29). (CMR-07)

5.150 Otro
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Las bandas: 13 553-13 567 kHz (frecuencia central 13 560 kHz), 26 957-27 283 kHz (frecuencia central 27 120 kHz), 40,66-40,70 MHz (frecuencia central 40,68 MHz), 902-928 MHz en la Región 2 (frecuencia central 915 MHz), 2 400-2 500 MHz (frecuencia central 2 450 MHz), 5 725-5 875 MHz (frecuencia central 5 800 MHz) y 24-24,25 GHz (frecuencia central 24,125 GHz) están designadas para aplicaciones industriales, científicas y médicas (ICM). Los servicios de radiocomunicación que funcionan en estas bandas deben aceptar la interferencia perjudicial resultante de estas aplicaciones. Los equipos ICM que funcionen en estas bandas estarán sujetos a las disposiciones del número 15.13.

5.151 Atribución adicional
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Atribución adicional: las estaciones del servicio fijo y el servicio móvil, salvo móvil aeronáutico (R), podrán utilizar las frecuencias de las bandas 13 570-13 600 kHz y 13 800-13 870 kHz sólo para la comunicación dentro del país en que están situadas, a condición de que no se cause interferencia perjudicial al servicio de radiodifusión. Cuando utilicen frecuencias para estos servicios, se insta a las administraciones a emplear la mínima potencia necesaria y a tener en cuenta la utilización estacional de frecuencias por el servicio de radiodifusión publicada de conformidad con el Reglamento de Radiocomunicaciones. (CMR-07)

Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.