Bahamas / Cuadro del RR de la UIT: 3 230-5 003 kHz
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Atribución por defecto (Región 2)
Gráfico de atribución de frecuencias
FIXED
primary
MOBILE except aeronautical mobile
primary
BROADCASTING
primary
AERONAUTICAL MOBILE (R)
primary
AMATEUR
primary
MOBILE except aeronautical mobile (R)
primary
MARITIME MOBILE
primary
RADIOLOCATION
primary
AERONAUTICAL MOBILE (OR)
primary
LAND MOBILE
primary
STANDARD FREQUENCY AND TIME SIGNAL (5 000 kHz)
primary
| Frequency | Servicios |
|---|---|
| 3.23 – 3.4 MHz | Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico Radiodifusión |
| 3.4 – 3.5 MHz | Móvil aeronáutico (R) |
| 3.5 – 3.75 MHz | Aficionados |
| 3.75 – 4.0 MHz | Aficionados Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R) |
| 4.0 – 4.063 MHz | Fijo Móvil marítimo |
| 4.063 – 4.438 MHz | Móvil marítimo |
| 4.438 – 4.488 MHz | Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R) Radiolocalización |
| 4.488 – 4.65 MHz | Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R) |
| 4.65 – 4.7 MHz | Móvil aeronáutico (R) |
| 4.7 – 4.75 MHz | Móvil aeronáutico (OR) |
| 4.75 – 4.85 MHz | Fijo Móvil salvo móvil aeronáutico (R) Radiodifusión |
| 4.85 – 4.995 MHz | Fijo Móvil terrestre Radiodifusión |
| 4.995 – 5.003 MHz | Frecuencias patrón y señales horarias (5 000 kHz) |
Notas pertinentes (11)
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Las frecuencias de 2 187,5 kHz, 4 207,5 kHz, 6 312 kHz, 8 414,5 kHz, 12 577 kHz y 16 804,5 kHz son frecuencias internacionales de socorro para la llamada selectiva digital. Las condiciones de utilización de estas frecuencias están descritas en el Artículo 31.
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Las frecuencias de 2 174,5 kHz, 4 177,5 kHz, 6 268 kHz, 8 376,5 kHz, 12 520 kHz y 16 695 kHz se utilizan para el sistema de conexión automática (SCA), como se describe en la versión más reciente de la Recomendación UIT-R M.541. (CMR-23)
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Para las condiciones de utilización de las bandas 2 300-2 495 kHz (2 498 kHz en la Región 1), 3 200-3 400 kHz, 4 750-4 995 kHz y 5 005-5 060 kHz por el servicio de radiodifusión, véanse los números 5.16 a 5.20, 5.21 y 23.3 a 23.10.
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Se ruega encarecidamente a las administraciones que autoricen la utilización de la banda 3 155-3 195 kHz para proporcionar un canal común mundial destinado a los sistemas de comunicación inalámbrica de baja potencia para personas de audición deficiente. Las administraciones podrán asignar canales adicionales a estos dispositivos en las bandas comprendidas entre 3 155 kHz y 3 400 kHz para atender necesidades locales. Conviene tener en cuenta que las frecuencias en la gama de 3 000 kHz a 4 000 kHz son adecuadas para los dispositivos de comunicación para personas de audición deficiente concebidos para funcionar a corta distancia dentro del campo de inducción.
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El uso de la banda 4 000-4 063 kHz, por el servicio móvil marítimo, está limitado a las estaciones de barco que funcionan en radiotelefonía (véanse el número 52.220 y el Apéndice 17).
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Las condiciones de utilización de las frecuencias portadoras de 4 125 kHz y 6 215 kHz están descritas en los Artículos 31 y 52. (CMR-07)
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La frecuencia 4 209,5 kHz se utilizará exclusivamente para la transmisión por las estaciones costeras de avisos a los navegantes, boletines meteorológicos e información urgente con destino a los barcos mediante técnicas de impresión directa de banda estrecha. (CMR-97)
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Las frecuencias 4 210 kHz, 6 314 kHz, 8 416,5 kHz, 12 579 kHz, 16 806,5 kHz, 19 680,5 kHz, 22 376 kHz y 26 100,5 kHz son las frecuencias internacionales de transmisión de información relativa a la seguridad marítima (MSI) (véanse los Apéndices 15 y 17). (CMR-23)
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Las estaciones del servicio de radiolocalización no causarán interferencia perjudicial a las estaciones de los servicios fijo o móvil, ni reclamarán protección contra las mismas. Las aplicaciones del servicio de radiolocalización se limitan a los radares oceanográficos que funcionan con arreglo a lo dispuesto en la Resolución 612 (Rev.CMR-12). (CMR-12)
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Se recomienda firmemente a las administraciones que, cuando establezcan estaciones costeras del servicio NAVTEX en las frecuencias 490 kHz, 518 kHz y 4 209,5 kHz, coordinen las características de explotación de conformidad con los procedimientos de la Organización Marítima Internacional (OMI) (véase la Resolución 339 (Rev.CMR-07)). (CMR-07)
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Cuando se establecen estaciones costeras en el sistema NAVDAT en las frecuencias 500 kHz y 4 226 kHz, las condiciones de utilización de las frecuencias 500 kHz y 4 226 kHz se especifican en los Artículos 31 y 52. Se recomienda encarecidamente a las administraciones que coordinen las características de funcionamiento del sistema NAVDAT de conformidad con los procedimientos de la Organización Marítima Internacional (OMI) (véase la Resolución 364 (CMR-23)). (CMR-23)
Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.