Bosnia y Herzegovina / Cuadro del RR de la UIT: 495-1 800 kHz
Ver la página global de la banda →495 – 1800 kHz
Atribución por defecto (Región 1)
Gráfico de atribución de frecuencias
MARITIME MOBILE
primary
AERONAUTICAL RADIONAVIGATION
primary
BROADCASTING
primary
FIXED
primary
LAND MOBILE
primary
RADIOLOCATION
primary
| Frequency | Servicios |
|---|---|
| 495 – 505 kHz | Móvil marítimo |
| 505 – 526.5 kHz | Móvil marítimo Radionavegación aeronáutica |
| 526.5 – 1606.5 kHz | Radiodifusión |
| 1.6065 – 1.625 MHz | Fijo Móvil marítimo Móvil terrestre |
| 1.625 – 1.635 MHz | Radiolocalización |
| 1.635 – 1.8 MHz | Fijo Móvil marítimo Móvil terrestre |
Notas pertinentes (7)
Mostrar texto completo
En el servicio móvil marítimo, las bandas de frecuencias 415-495 kHz y 505-526,5 kHz están limitadas a la radiotelegrafía y pueden utilizarse también para el sistema NAVDAT de conformidad con la versión más reciente de la Recomendación UIT-R M.2010, a reserva de que las administraciones interesadas y las afectadas alcancen acuerdos al respecto. Las estaciones de transmisión NAVDAT están limitadas a las estaciones costeras. (CMR-19)
Mostrar texto completo
Se recomienda firmemente a las administraciones que, cuando establezcan estaciones costeras del servicio NAVTEX en las frecuencias 490 kHz, 518 kHz y 4 209,5 kHz, coordinen las características de explotación de conformidad con los procedimientos de la Organización Marítima Internacional (OMI) (véase la Resolución 339 (Rev.CMR-07)). (CMR-07)
Mostrar texto completo
La banda de frecuencias 495-505 kHz se utiliza para el sistema NAVDAT internacional según se describe en la versión más reciente de la Recomendación UIT-R M.2010. Las estaciones de transmisión NAVDAT están limitadas a las estaciones costeras. (CMR-19)
Mostrar texto completo
Cuando se establecen estaciones costeras en el sistema NAVDAT en las frecuencias 500 kHz y 4 226 kHz, las condiciones de utilización de las frecuencias 500 kHz y 4 226 kHz se especifican en los Artículos 31 y 52. Se recomienda encarecidamente a las administraciones que coordinen las características de funcionamiento del sistema NAVDAT de conformidad con los procedimientos de la Organización Marítima Internacional (OMI) (véase la Resolución 364 (CMR-23)). (CMR-23)
Mostrar texto completo
Las condiciones de utilización de la frecuencia de 518 kHz por el servicio móvil marítimo están descritas en los Artículos 31 y 52. (CMR-07)
Mostrar texto completo
En la banda 1 605-1 705 kHz, cuando una estación del servicio de radiodifusión de la Región 2 resulte afectada, la zona de servicio de las estaciones del servicio móvil marítimo en la Región 1 se limitará a la determinada por la propagación de la onda de superficie.
Mostrar texto completo
Algunos países de la Región 1 utilizan sistemas de radiodeterminación en las bandas 1 606,5-1 625 kHz, 1 635-1 800 kHz, 1 850-2 160 kHz, 2 194-2 300 kHz, 2 502-2 850 kHz y 3 500-3 800 kHz, a reserva de obtener el acuerdo indicado en el número 9.21. La potencia media radiada por estas estaciones no superará los 50 W.
Fuente: Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, ediciones de 2008, 2012, 2016, 2020 y 2024. Los textos en inglés, francés y español proceden cada uno de la edición oficial en ese idioma y no son traducción unos de otros. Fuentes y cita.